Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda

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12 de Enero 2015

 

DISCURSO DEL ARQUITECTO FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ, TITULAR DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (SEDUVI), EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL.

 

Saludo con respeto a nuestro Jefe de Gobierno.

Al presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa.

A todos los presentes, a los integrantes de la mesa principal, a los medios de comunicación.

Decía Ítalo Calvino, “La Ciudades son un conjunto de memorias, deseos, signos, lugares, intercambios.

Es bajo la política impulsada por el jefe de gobierno, que al hablar de Capital Social es hablar de confianza recíproca, valores y conductas compartidas, instituciones sólidas y participación en las decisiones públicas.

Hablar de Capital Social es hablar del conjunto de normas valores, hábitos y relaciones que rigen nuestra interacción entre ciudadanos y gobierno, generándose un clima de responsabilidad, cooperación y beneficio mutuo.

Es con este ánimo de confianza recíproca, con el que se nos convoca el día de hoy para la presentación de reformas al Reglamento de Construcciones, instrumento que es la guía práctica más importante en la estructuración del espacio urbano y las edificaciones, influenciando con ello, en gran medida, la calidad de vida para los habitantes de la nuestra ciudad.

Con este clima de corresponsabilidad, con los constructores, propietarios y directores Responsables de Obra, buscan flexibilizar los motivos de suspensión de una obra, de manera que, en caso de irregularidades, pueden éstas ser solventadas en un plazo no mayor a tres días y, con ello, no afectar las fuentes de empleo y así, dar continuidad a la dinámica edificatoria.

Esta modificación reglamentaria esclarece y simplifica los procedimientos administrativos en materia de ejecución y verificación de obras. Con la reforma expuesta se adicionan y derogan disposiciones de los títulos séptimo y décimo primero, en el artículo 228 sobre construcción, y en los artículos del 248 al 252.

El rediseño del marco regulatorio del desarrollo urbano es de especial importancia en la agenda compartida hacia una ciudad habitable y próspera como un proyecto sociopolítico que implica el compromiso e impulsa la energía colectiva de todos los actores implicados en el proceso de transformación de nuestra ciudad.

El concepto de ciudad habitable y próspera se sustenta en el desarrollo equilibrado de los siguientes ejes estratégicos:

Mejora en la calidad de vida de la población proporcionando y recuperando los espacios públicos, los equipamientos y servicios urbanos necesarios para alcanzar mejores estándares de vida, permitiendo a la población aumentar al máximo su potencial individual.

Desarrollo y reforzamiento de la infraestructura urbana, mejorando las condiciones, cobertura y conectividad de las redes de infraestructura física, para sostener a la población y a las actividades económicas.

Promoción de la Sustentabilidad ambiental, garantizando que la creación y redistribución de los beneficios en la ciudad no destruyen ni degraden el medio ambiente.

Esta agenda compartida hacia un ciudad habitable y próspera, promueve tanto para el conjunto de la ciudad, como en la escala barrial y en las áreas de gestión estratégica, un modelo territorial basado en un concepto compacto que, mediante procesos de regeneración urbana integrada, impulsa la conformación de entornos diversos, densos y sustentables, que atiende la demanda anual, de vivienda tanto nueva como el renta sobre todo para la población joven y de los adultos mayores.

Así mismo el modelo territorial se basa en un concepto policéntrico que redistribuya en la ciudad la oferta equitativa y diversa de las oportunidades de empleo y servicios, todo ello, con una visión de un desarrollo urbano fundado en la búsqueda del máximo aprovechamiento que ofrece la vitalidad socio-económica de nuestra ciudad actual.

En la gestión del concepto de ciudad habitable y próspera, el reordenamiento del marco regulatorio en materia de desarrollo urbano y de construcción, se fundamenta en la política de un gobierno eficiente implementándose el proceso de una gestión integrada de autorizaciones, que en apego estricto a la ley, sea eficaz y provea claridad normativa en el otorgamiento expedito de los permisos correspondientes.

El éxito de la una agenda hacia una ciudad habitable, se sustenta, sin duda, en el compromiso compartido de la actual administración, que encabeza el doctor Miguel Ángel Mancera con todos los actores urbanos implicados, bajo principios de confianza y responsabilidad compartida, atención a la ciudadanía en la Secretaría.

 

 

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