Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda

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SEDUVISIID-035-2015
México, D.F., a 28 de Mayo de 2015

ACUERDO SOBRE LINEAMIENTOS DE ACCIÓN EN MATERIA DE PUBLICIDAD EXTERIOR.

 

Boletín de Prensa
SIID-035-2015
México, D.F., a 28 de Mayo de 2015

Ante el grave problema de contaminación visual que padece la Ciudad de México, el Gobierno de la CDMX trabaja en el reordenamiento de la publicidad que contribuya a mejorar el entorno de esta capital.

A raíz de esta situación, la CDMX se ha acercado con todos los integrantes de esa industria para llevar a cabo el reordenamiento de la publicidad exterior basado en un consenso y una política pública acorde a los tiempos actuales.

La Ciudad de México reconoce que la publicidad es un importante detonador de la actividad económica, al ser el principal estímulo de consumo.

Es así que, a iniciativa del Gobierno capitalino ayer se llevó a cabo la segunda mesa de trabajo entre la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), la Autoridad del Espacio Público (AEP) y el Instituto de Verificación Administrativa del DF (INVEADF).

En esta reunión fueron aprobados por todos los participantes, que en su conjunto representan el 80 por ciento del mercado de publicidad exterior, los Lineamientos de Acción para el Reordenamiento de la Publicidad Exterior, cuyas líneas fueron aprobadas esta misma semana en el Consejo de Publicidad Exterior y se hicieron extensivas en la reunión, y que en términos generales consideran lo siguiente:

Compromiso de la SEDUVI:

Proporcionar, en un plazo de cuatro meses, el padrón de anuncios que cuenten con licencia, permiso administrativo y/o autorización temporal, o bien se encuentren reconocidos por dicha Secretaría en el Programa de Reordenamiento.

Compromiso de los publicistas:

a) Colocar en sus anuncios, en un plazo de 20 días hábiles, las placas que identifiquen el elemento publicitario en términos de los artículos 11, párrafo segundo, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal y del artículo 5 de su Reglamento, placas en que se dé cuenta de la existencia de licencia, permiso administrativo, autorización o encontrarse inscrito en el Programa de Reordenamiento de la SEDUVI.

b) En caso de no contar con el permiso, licencia y/o autorización, ni esté incorporado el anuncio al Programa de Reordenamiento, retirarán los elementos propagandísticos una vez transcurridos los 20 días hábiles, contados a partir del vencimiento del plazo que tenían para colocar sus placas, de lo contrario el INVEADF iniciará los procedimientos de verificación, medidas cautelares y retiros respectivos.

Compromiso del INVEADF:

a) Se abstendrá de realizar visitas de verificación en los 20 días hábiles posteriores a la emisión del citado acuerdo del Consejo de Publicidad Exterior, en dicho plazo deberán colocar la placa respectiva, de lo contrario iniciará los procedimientos de verificación.

b) Este beneficio no aplicará para continuar con los retiros que a la fecha de la emisión del acuerdo que ya hayan sido ordenados y pendientes de ejecutar, ni tampoco para los que no coloquen sus placas en el plazo indicado o que contengan información falsa.

Lo anterior fue firmado por Alejandro Grisi de Lara, presidente del Consejo de la Comunicación y Horacio Genolet, presidente de la Asociación Mexicana de Agencias de Publicidad.

También por representantes de la Asociación Mexicana de Publicidad Exterior (AMPE), Asociación de Publicistas en Exterior (APEX), Asociación para el Mejoramiento Urbano y Medios Exteriores (AMURMEX), Asociación de Agencias de Medios, Asociación Nacional de Publicidad (ANP) y Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria (CONAR), entre otros.

 

 

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