Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda

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Boletín de Prensa
SIID-127-2014
México, D.F., a 21 de mayo de 2014

Presenta SEDUVI denuncia ante la PGJDF por colocación ilegal de espectacular

  • • Captura SSPDF en flagrancia a cuatro sujetos que pretendían montar anuncio irregular.
  • • La sanción va de uno a cinco años de prisión y multa de hasta 33 mil 645 pesos.

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) interpuso denuncia penal contra cuatro sujetos detenidos en flagrancia por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF), cuando trataban de colocar un anuncio espectacular autosoportado, sin autorización. Los infractores fueron puestos a disposición del agente del Ministerio Público de la Fiscalía Desconcentrada de Investigación en Delitos Ambientales y en Materia de Protección Urbana (FEDAPUR). La acción estuvo coordinada con la Secretaría de Gobierno.

José Guadalupe Medina Romero, director general de Asuntos Jurídicos de la SEDUVI, informó que los hechos se registraron durante la mañana de ayer, en la esquina de Terraplén y Viaducto Miguel Alemán, colonia Magdalena Mixhuca, delegación Venustiano Carranza, donde cuatro individuos fueron detenidos por policías de la SSPDF, quienes inmediatamente se coordinaron con las secretarías de Gobierno y de Desarrollo Urbano para conocer si existía o no, permiso para colocar el anuncio publicitario.

Tanto Medina Romero, como Eduardo Aguilar Valdez, Coordinador General de la Autoridad del Espacio Público, informaron a la SSPDF que no existía autorización alguna, por lo que los detenidos fueron remitidos a la FEDAPUR.

Por instrucciones de Simón Neumann Ladenzon, titular de la SEDUVI, el apoderado legal de esta dependencia presentó la querella correspondiente, iniciándose así la averiguación previa FEDAPUR/DA-1/T3/373/14-05.

Medina Romero recordó que de acuerdo con el Artículo 107 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, comete delito contra la regulación urbana, quien ejecute, prepare, instale o modifique un anuncio autosoportado en azotea, adosado, tapial o valla sin contar con la licencia que exija la ley de la materia, como fue el caso denunciado.

En la misma ley, agregó, el Artículo 108 refiere que la sanción que podrá imponer el juez va de uno a cinco años de prisión y multa de 500 a 400 días de salario mínimo vigente para el Distrito Federal, que significan montos de 33 mil 645 a 26 mil 916 pesos, respectivamente.

En lo que va del año, Medina Romero ha denunciado otros tres actos irregulares contra sujetos detenidos en flagrancia en las delegaciones Miguel Hidalgo, Cuauhtémoc y Venustiano Carranza.

A través de estas acciones de coordinación intersecretarial, el Gobierno de la Ciudad de México cumple el compromiso de velar por el cumplimiento de la ley, ordenar la publicidad exterior, con el propósito de mejorar la imagen urbana; y brindar seguridad a los habitantes de esta Capital Social.

 

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